Esta semana el gobierno de Cuba finalmente anunció el inicio del proceso de ordenamiento monetario y cambiario en el país a partir del 1ro de enero de 2020.
Después del comunicado realizado por Miguel Díaz Canel en cadena nacional, comenzaron las dudas y preocupaciones de la población. Pocas horas más tarde fueron publicadas nuevas disposiciones, entre ellas algunas relacionadas con los aranceles de la Aduana de Cuba.
Estas dieron espacio a las dudas de muchos cubanos. De ahí que la ministra de finanzas y precios, Meisy Bolaños Weiss aclaró varios temas relacionados con los aranceles en la Mesa Redonda de este sábado.
Según dijo la funcionaria, los residentes en el territorio nacional seguirán pagando los mismos importes de aranceles de importación.
Y es que se emitieron al menos dos Resoluciones que establecen de qué manera será el pago del arancel de aduanas cuando llegue el nuevo año. Es el caso de las Resoluciones No. 352/2020 y 353/2020, publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.71.
Atendiendo a las modificaciones que están por venir con “la implementación del proceso de ordenamiento monetario”, el ministerio de finanzas y precios deroga la Resolución 222/2012 que “regula la exención, las tarifas arancelarias y la moneda en que se realiza el pago de estas tarifas por la importación de productos sin carácter comercial, realizadas por personas naturales en su condición de pasajeros”.
De ahí que la nueva disposición jurídica se apega a la Resolución No. 352/2020 que “responderá a las actuales condiciones económico-sociales del país”.
Con esta nueva Resolución continúa la exención de pago de aranceles establecida para artículos que no excedan los 50,99 USD que se importen sin carácter comercial. En tanto este importe correspondería a los 5 kilogramos de artículos que se pueden importar, así como también a los otros 25 kilogramos de efectos personales que habitualmente se permiten entrar con el equipaje.
Por otro lado, Bolaños comentó que se modificaron los porcientos a pagar en los aranceles para la primera importación.
“Para no afectar a los pasajeros, sobre todo a los cubanos residentes en el territorio nacional, en su primera importación se modifican los porcientos a pagar dentro de los mil pesos que las personas pueden traer como equipaje acompañante, para que puedan seguir pagando el arancel con los mismos importes establecidos actualmente”, dijo.
Mientras que “a los pasajeros no residentes y para los residentes permanentes en Cuba, a partir de su segunda importación dentro del año calendario, que importen artículos en exceso de los cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50,99 USD) a que se refiere el apartado Segundo y hasta un valor de mil dólares estadounidenses (1,000.00 USD), se les aplica una tarifa progresiva en correspondencia con el valor de la importación, como se establece a continuación".
De igual manera, señaló que “se exime del pago del arancel de aduanas a los pasajeros que importen productos sin carácter comercial por un valor total de hasta cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50,99 USD) en cada viaje”.
“El cálculo del monto del arancel de aduanas a pagar se realiza aplicando al valor de importación, las tarifas arancelarias establecidas en los apartados Segundo y Tercero de la presente Resolución, y se convierte su resultado a pesos cubanos, según la tasa de cambio vigente”, detalló.