El juzgado de Primera Instancia 24 de Palma archivó la demanda presentada por una familia cubana contra Meliá por explotar hoteles en Cuba en unos terrenos que les fueron expropiados cuando triunfó la revolución.
El juzgado consideró que, pese a que la hotelera sea una empresa con sede en Mallorca, no es competente para decidir sobre el fondo de la misma pues la actuación de la empresa española se produce en un ámbito jurídico protegido por el estado cubano.
La resolución, según Noticias de Hoteles, “apunta a que España no tiene competencia internacional para que sus tribunales resuelvan pleitos donde se ejerciten «acciones reales» sobre bienes inmuebles situados fuera de su territorio nacional”.
Por su parte, Meliá alegó en su oposición a la demanda la falta de jurisdicción que ahora se acepta y que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial.
“La familia, que ejercía las acciones a través de la mercantil Santa Lucía Company, reclamaba por la explotación de unos terrenos que habían sido suyos en Playa
Esmeralda en el que hay ahora dos hoteles (Sol Río de Luna y Mares y Paradisus
Río de Oro), propiedad del estado cubano pero administrados por Meliá”, indicó el citado portal.
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