Las autoridades del Ministerio del Interior (MININT) de Cuba han estimado que la nueva Ley de Migración, prevista para ser aprobada en el Parlamento en julio, afectará a 1.3 millones de cubanos residentes en el exterior.
Publicada como proyecto de ley el pasado 18 de junio, la nueva normativa introduce la categoría de “residencia efectiva migratoria” y elimina el límite de dos años en el extranjero para que un cubano pierda su residencia, según explicó en una conferencia de prensa Mario Méndez, jefe de Identificación, Inmigración y Extranjería del MININT.
La ley también impone prohibiciones de entrada y salida del país por razones de “seguridad y defensa nacional”, aunque estas no han sido detalladas por las autoridades. Méndez aseguró que la normativa “no hay limitación de derechos” y que no tendrá carácter retroactivo, afectando solo a aquellos que emigren después de su entrada en vigor.
Sin embargo, medios de prensa y activistas han señalado que la ley otorga excesivas atribuciones a las autoridades migratorias y viola los derechos humanos de los cubanos. Giselle Morfi, abogada de Cubalex, expresó a CubaNet que la nueva ley concede a la Dirección de Identificación de Migración y Extranjería amplias facultades para controlar quién entra y sale del país, funciones que, según ella, deberían estar en manos de un tribunal especializado, imparcial e independiente, no de un órgano del Ministerio del Interior.
Morfi subrayó que estas decisiones restringen libertades y derechos fundamentales reconocidos en los estándares internacionales y en la Constitución cubana. Argumentó que, para restringir derechos humanos fundamentales, deben tenerse en cuenta garantías jurídicas que este organismo no contempla. Según la abogada, la redacción del documento es demasiado amplia, permitiendo decisiones arbitrarias y corrupción debido a la falta de certeza jurídica sobre los límites de la norma, lo que deja a los ciudadanos desprotegidos.
Para Morfi, el objetivo de estas restricciones no es legítimo ni responde a una necesidad pública o social apremiante, según lo previsto en el derecho internacional. Además, el proyecto de ley no establece procedimientos para reclamar decisiones consideradas arbitrarias, ilegales, abusivas, irracionales o discriminatorias, a pesar de que uno de sus principios es la no discriminación.
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