España exige el cumplimiento de nuevos protocolos sanitarios a cubanos que deseen viajar a su territorio.
A través de las redes sociales del Consulado ibérico en La Habana han informado de las nuevas condiciones sanitarias que deben acatar los viajeros de la isla.
Las medidas están vigentes desde el primero de febrero e incluyen cumplimentar el formulario de control sanitario en https://spth.gob.es y aportar alguna de las siguientes certificaciones:
a) Certificado de vacunación (vacunas EMA/OMS)
Será válido a partir delos 14 días posteriores a la administración de la pauta de vacunación completa.
El certificado tiene una validad de 270 días (9 meses) y para extender su vigencia, será necesaria una dosis de refuerzo o no será válido el certificado.
b) Certificado de una prueba diagnóstica de infección activa de COVID -19:
b.1.) PCR realizada dentro de las 72 horas anteriores a su llegada a España
b.2) Test de antígeno cuya muestra se haya obtenido en las 24 horas anteriores a su llegada a España
b.3) Certificado de recuperación
Certificado que confirme que le titular se ha recuperado de la COVID-1. Será válido desde el día 11 de la primera prueba diagnóstica de tipo NAAT con resultado positivo hasta los 180 días posteriores a la toma de muestras.
Es también importante para los cubanos conocer que la Unión Europea mantiene las restricciones de viaje desde terceros países, incluido Cuba para frenar los contagios a raíz de la nueva cepa de coronavirus que afecta al planeta.
La medida estará vigente por lo menos hasta el 28 de febrero según ha confirmado el Consulado español en la capital cubana.
Desde la sede diplomática y a través de Twitter advirtieron de las "restricciones de viajes no imprescindibles desde terceros países (incluyendo Cuba) al espacio Schengen quedaron prorrogadas hasta 28 de febrero en atención a la última modificación de Orden INT/657/2020.
Lo anterior incluye la no tramitación de visados de corta estancia, ni para turista, ni para negocios.
Asimismo, señalaron que “las restricciones temporales a los viajes no imprescindibles son aplicadas por razones de salud pública y con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
“Esta orden surtirá efectos desde las 24:00 horas del 22 de julio de 2020 hasta las 24:00 horas del 28 de febrero de 2022, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito de la Unión Europea”, advierte el documento presentado por el Consulado de España en La Habana.
La sede ibérica además reconoció la “altísima demanda de citas” que existe en Cuba y recordó que “cada tipo de visado tiene reservado su día concreto” aclarando además a las personas no presentarse en el "turno en día/trámite que no le corresponde, pues su solicitud no será atendida, perjudicando a todos".
El Consulado asegura que están tratado de facilitar los procesos de familias por lo que una sola cita es válida para toda la unidad familiar.
La atención para visas está organizada de la siguiente forma:
Lunes, miércoles y viernes: exclusivamente visados de reagrupación en régimen comunitario (familiares de España o de la Unión Europea)
Martes: todo tipo de visados de residencia, trabajo, estudios, investigación, residencia y reagrupación en régimen general (familiares de Bandera de Cuba residentes en España)
Jueves: viajes y delegaciones oficiales, comerciales, artísticas y académicas. Corta estancia que se adecúen a la ORDEN INT 657/2020, marinos, pilotos y tránsitos aeroportuarios.
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