El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) de Argentina dispuso avanzar con el decomiso de bienes pertenecientes a Cristina Fernández de Kirchner, sus hijos Máximo y Florencia, y el empresario Lázaro Báez, con el fin de cubrir el monto actualizado de aproximadamente $685.000 millones argentinos, equivalente a unos $720 millones de dólares estadounidenses según estimaciones judiciales. La medida forma parte de la ejecución de la sentencia de la llamada Causa Vialidad, en la que la exmandataria fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
La resolución, firmada por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, se tomó luego de escuchar a todas las partes involucradas. El decomiso incluye más de 80 propiedades ligadas a Báez y sus compañías; un terreno de más de 6.000 metros cuadrados en Santa Cruz perteneciente a la expresidenta; así como una veintena de inmuebles transferidos a Máximo y Florencia Kirchner, cuyo origen —según determinó la Justicia— se vincula directamente al esquema fraudulento investigado.
A pedido del tribunal, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola habían elaborado un listado con más de 140 bienes considerados “decomisables”, adquiridos entre 2003 y 2015, período en el cual se cometieron los delitos juzgados. Según los fiscales, la ejecución de estos activos permitiría comenzar a cubrir la cifra multimillonaria que los condenados deben responder de manera conjunta y solidaria.
La Corte Suprema dejó firme la sentencia en junio de este año, activando la ejecución de la pena, que incluye la prisión domiciliaria de la exmandataria. El plazo para que los condenados respondieran por el monto venció el 13 de agosto, pero el proceso de decomiso quedó demorado por sucesivas presentaciones de las defensas.
Los abogados de los Kirchner y de Báez argumentaron que la fiscalía no acreditó un vínculo directo entre cada bien identificado y el delito, y denunciaron que la medida se había transformado en una “multa encubierta”. Cristina Fernández pidió directamente la nulidad del proceso, cuestionando el cálculo del monto y la inclusión de propiedades adquiridas antes de 2009, año en el que firmó un decreto relacionado con la maniobra investigada.
Máximo y Florencia Kirchner, por su parte, sostuvieron que no debían ser alcanzados por la medida al no haber tenido participación directa en los hechos.
El Tribunal rechazó los planteamientos. Sostuvo que el decomiso no exige una “trazabilidad científica” de cada bien, sino la coincidencia temporal y la razonabilidad económica. Además, remarcó que la finalidad es impedir que el delito genere beneficios, por lo que la acción abarca bienes directos, ganancias derivadas, elementos sustituidos o mezclados, e incluso propiedades en manos de personas no condenadas, como los hijos de la exmandataria.
En su resolución, los jueces también señalaron que, aunque Néstor Kirchner nunca fue juzgado, la reconstrucción histórica lo ubicó dentro del entramado investigado y que los bienes heredados por sus hijos formaron parte del patrimonio común del matrimonio.
Fuente: La Nación
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