En días recientes, se han reportado rechazos de solicitudes de residencia permanente (Green Card) presentadas por ciudadanos cubanos amparados en la Ley de Ajuste Cubano (LAC). Este fenómeno genera preocupación en distintos sectores de la comunidad cubana en Estados Unidos.
Según explicó el abogado especializado en inmigración Mayron Gallardo al periodista Mario J. Pentón, la Ley de Ajuste Cubano permite a los ciudadanos cubanos que ingresan legalmente al país solicitar la residencia permanente después de cumplir un año en Estados Unidos. Sin embargo, recientes interpretaciones legales han restringido este proceso para ciertos solicitantes.
Los funcionarios de inmigración están evaluando las solicitudes con base en la Sección 245 del Acta de Inmigración y Nacionalidad (INA), la cual establece que el solicitante debe haber sido “inspeccionado” al momento de su ingreso al país. Muchos cubanos que ingresaron de manera irregular no cumplieron con este requisito formal, lo que ha llevado a la denegación de sus solicitudes.
Una situación frecuente es la de aquellos cubanos admitidos bajo un “parole” —permiso temporal de estancia—, el cual no implica una inspección formal en el puerto de entrada. Los oficiales de inmigración argumentan que estas personas no cumplen los criterios de la Sección 245, lo que les impediría ajustar su estatus migratorio a través de la LAC.
Otro punto considerado por las autoridades es que la concesión del parole a inmigrantes cubanos por parte del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) podría exceder sus competencias. No obstante, Gallardo indicó que la ley permite al Fiscal General delegar la autoridad para otorgar permisos de parole a agencias como ICE, CBP (Aduanas y Protección Fronteriza) y USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración).
Los oficiales están evaluando que los cubanos que entraron sin inspección podrían ser “inadmisibles” bajo la Sección 212 del INA. Sin embargo, existen excepciones humanitarias dentro de la LAC, que fueron establecidas por el Congreso para proteger a quienes huyen de la situación política en Cuba.
Un memorando del Departamento de Inmigración de 1999 indica que la entrada sin inspección no debe ser considerada motivo de inadmisibilidad en estos casos.
Los solicitantes que enfrenten un rechazo pueden presentar apelaciones ante las autoridades correspondientes. Mientras la regla de “carga pública” aún no se ha implementado oficialmente, los cubanos que dependen de asistencia pública no son considerados inadmisibles por este concepto.
Fuente: Periódico Cubano