El régimen impedirá la salida legal del país a aquellos cubanos que mantengan deudas con la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT).
Fue la propia oficina la que confirmó la noticia y aseguró que “además de los recargos y las multas dispuestos para contribuyentes que incumplen con el pago de sus tributos y deberes formales, la ONAT está facultada para aplicar sanciones no pecuniarias (que no se pagan en dinero) para garantizar el cobro de los adeudos fiscales”.
De acuerdo con lo establecido en la Ley No. 113 del Sistema Tributario -dijeron- “las sanciones no pecuniarias pueden ser el embargo de cuentas bancarias (artículos 417 y 418 de la ley), el cierre de establecimientos, el retiro de incentivos fiscales (artículo 440) y también la regulación o prohibición de salida del país”.
En torno a esta última, mencionaron que “la regulación o prohibición de salida al extranjero que se impone a los contribuyentes deudores, hasta tanto no liquiden sus adeudos con el Presupuesto del Estado, está prevista en el convenio de trabajo firmado por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) y la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del Ministerio del Interior (MININT)”.
En tanto, señalaron que este convenio tiene amparo, a su vez, en los artículos: 389 de la Ley No.113 del Sistema Tributario y 11 del Decreto 308 Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios; en los cuales se dispone que:
La administración tributaria establece relaciones de auxilio administrativo, colaboración y coordinaciones entre las oficinas de la propia ONAT y con los órganos y organismos de la Administración Central del Estado, sus entidades subordinadas o adscritas, sus administraciones locales, instituciones y las dependencias que estos designen para la recaudación, gestión y fiscalización de los ingresos en el territorio a fin de cumplir las funciones fiscales que correspondan.
Yudith Navarro Ricardo, jefa del Departamento de Cobranza de Dirección de Recaudación de la ONAT, dijo que la oficina y la DIIE, cumpliendo el convenio de trabajo conjunto firmado en 2022, decidió regular a las personas naturales contribuyentes que tengan deudas significativas.
“El monto de la deuda que condiciona la regulación, según la funcionaria, puede variar en dependencia de los análisis y acuerdos que a tales efectos se concreten entre la ONAT y la DIIE”, indicaron.
“La medida consiste en la prohibición de salida al extranjero a los deudores que pretenden viajar y el aviso de entrada a los que se encuentran fuera del país, porque viajaron antes de que les fuera determinada la deuda y notificada la regulación”, añadieron.
Por otro lado, la funcionaria señaló que desde que comenzó a aplicarse esta medida hasta la fecha se han regulado alrededor de 600 contribuyentes.
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