El régimen cubano aprobó nuevas disposiciones que amplían las posibilidades de uso de terrenos estatales por parte de personas jurídicas, incluida la posibilidad de acceder a tierras en usufructo por tiempo indeterminado.
La medida está recogida en el Decreto-Ley 130/2026, publicado este 3 de septiembre en la Gaceta Oficial y aprobado por el Consejo de Estado como una modificación del Código Civil vigente desde 1987.
Según informó la agencia EFE, la nueva normativa establece que las tierras estatales podrán ser entregadas en usufructo a personas jurídicas por tiempo indeterminado. El derecho podrá concederse de manera gratuita o mediante el pago correspondiente, mientras que las condiciones específicas quedarán establecidas en el documento que formalice el usufructo.
Para otros bienes, el plazo podrá alcanzar los 99 años y ser prorrogado por un período similar. La solicitud de extensión deberá presentarse dentro de los dos años anteriores al vencimiento del derecho.
El decreto también modifica las regulaciones relacionadas con el derecho de superficie. A partir de la nueva disposición, los propietarios de solares yermos podrán conceder derechos para construir viviendas u otras edificaciones.
Asimismo, el Estado podrá otorgar de manera perpetua derechos de superficie sobre terrenos de su propiedad, siempre que se abone el precio establecido.
Las modificaciones se producen poco después de que la Asamblea Nacional aprobara una nueva Ley de Tierra Agropecuaria y Forestal, que también flexibiliza las condiciones para entregar terrenos en usufructo a personas naturales y jurídicas, tanto cubanas como extranjeras.
Esa legislación contempla además la posibilidad de otorgar tierras a micro, pequeñas y medianas empresas estatales, privadas o mixtas para desarrollar actividades relacionadas con la producción de alimentos, bienes y servicios agropecuarios o forestales, así como proyectos vinculados al agroturismo y el ecoturismo.
El Decreto-Ley 130/2026 forma parte de un proceso de actualización del marco jurídico cubano asociado a las reformas económicas anunciadas por las autoridades. Entre sus objetivos figura adaptar las normas sobre propiedad, usufructo y superficie a las nuevas modalidades de actividad económica.
La disposición fue adoptada el pasado 28 de julio y entrará en vigor siete días después de su publicación oficial. También establece que el Ministerio de Justicia deberá elaborar y publicar, dentro de los 30 días hábiles posteriores a su entrada en vigor, una versión actualizada y concordada del Código Civil.
Los cambios llegan mientras Cuba enfrenta una prolongada crisis económica, caracterizada por escasez de alimentos y medicamentos, dificultades con el combustible, inflación y graves problemas en el suministro eléctrico.
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