Es fundamental que la población cubana esté informada de que no existe un mercado informal legal para la oferta, compra, venta y cambio de monedas nacionales y divisas extranjeras. El tráfico de monedas, metales y piedras preciosas es una actividad ilegal y constituye un delito en Cuba.
En redes sociales, diariamente se publica información sobre la tasa de cambio de monedas extranjeras, especialmente dólares y euros, por moneda nacional (CUP o MLC), a través de plataformas como El Toque. Este tipo de información refleja el mercado ilegal, cuyo objetivo es afectar la economía, generar un impacto negativo en la escala monetaria del país y empeorar las condiciones de vida de los cubanos.
El Banco Central de Cuba (BCC) es responsable de proponer políticas monetarias, financieras, crediticias y cambiarias, conforme al Artículo 11 del Decreto-Ley No. 361 de 2018, y autoriza a las casas de cambio a realizar operaciones de compraventa de monedas, según el Decreto-Ley No. 362. La Resolución No. 177 de 2020 establece que la tasa de cambio del peso cubano se publica diariamente por el BCC, y cualquier transacción que no cumpla con sus regulaciones es ilegal y delictiva, afectando la economía del país. La Ley No. 151 de 2022 penaliza la venta, cesión o adquisición ilegal de moneda extranjera y las operaciones en mercados no autorizados con prisión de dos a cinco años, o multas de quinientas a mil cuotas, o ambas.
Las personas que recurren a estos mecanismos ilícitos para adquirir divisas o canjear monedas nacionales se exponen a perder el dinero comprado debido a la sanción accesoria de comiso. Además, pueden convertirse en víctimas de delitos como estafas y robos con violencia, sufriendo pérdidas económicas considerables sin derecho a ser resarcidas en el proceso penal. El artículo 102.4 a) del Código Penal establece que no procede exigir responsabilidad civil al responsable de estos delitos si la víctima ha adquirido esa condición debido a acciones ilícitas asociadas al hecho.
Asimismo, quienes participan en la compra en el mercado ilegal se arriesgan a ser acusados de falsificación de moneda, según el artículo 330.1 d) de la Ley No. 151 de 2022, si la moneda adquirida resulta ser falsa y es puesta en circulación a sabiendas de su naturaleza.
Por lo tanto, es esencial que la población conozca que no existe un "mercado informal" para la oferta, compra, venta y cambio de monedas nacionales y divisas extranjeras. Esta actividad es ilegal y constituye un delito en Cuba, con graves consecuencias legales y económicas para quienes participan en ella.
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