La Corte Constitucional de Ecuador, teniendo en cuenta la vulnerabilidad y riesgo que enfrentan los venezolanos en su huida y llegada al país, suspendió provisionalmente la exigencia del certificado de antecedentes penales como requisito previo para entrar al país.
“La decisión, comunicada este jueves 28 de marzo de 2019 en la tarde, implica que, con carácter inmediato, los migrantes venezolanos podrán entrar al país sin ese documento, mientras la Corte analiza una acción de protección sobre el fondo del asunto”, dijo Radio Colosal.
Asimismo, el portal destacó que “el Tribunal de la Sala de Admisión que ha abocado conocimiento de la acción de inconstitucionalidad presentada por la Defensora del Pueblo, Gina Benavidez, está conformado por los jueces constitucionales Enrique Herrería Bonnet, Alí Lozada Prado y Daniela Salazar Marín. Son los firmantes, además, del auto”.
“Justifica la suspensión en que “la aplicación de las normas impugnadas podría incrementar los riesgos y peligros a los que las personas migrantes, por su sola condición, ya se encuentran expuestas”, manifestó.
De igual modo, explicó que con el fin de garantizar que se levante el requisito de entrada y se frenen las devoluciones de migrantes en el control migratorio, enviaron esta decisión a la ministra del Interior, María Paula Romo, al ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, José Valencia, y al Procurador General del Estado, Íñigo Salvador.
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