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Los cubanos-españoles con visa vigente sí pueden ingresar a Estados Unidos

Redacción de CubitaNOW ~ viernes 6 de junio de 2025

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El 4 de junio de 2025, el presidente de Estados Unidos Donald Trump firmó una orden ejecutiva que refuerza las restricciones de entrada para ciudadanos de Cuba y de otros 11 países, bajo el argumento de proteger la seguridad nacional. A raíz de esta medida, surgen dudas sobre la situación de los cubanos-españoles que residen en la Isla o que han visitado Cuba recientemente. Aunque la orden establece limitaciones claras, también prevé exenciones específicas que permiten ciertos viajes.

Según el portal oficial de la Casa Blanca, las personas con doble nacionalidad, como los cubanos-españoles, pueden ingresar a Estados Unidos si viajan con el pasaporte de su otra nacionalidad y cuentan con un visado vigente.

Sin embargo, los cubanos-españoles que residan en Cuba o hayan visitado la Isla después de enero de 2021 no podrán utilizar el sistema de autorización electrónica de viaje (ESTA), que facilita el ingreso bajo el Programa de Exención de Visado. Estos viajeros deberán solicitar una visa B1-B2, destinada a turismo o negocios.

Los interesados deberán gestionar su visado desde un tercer país, ya que los servicios consulares en la embajada estadounidense en La Habana no procesan solicitudes de visas de no inmigrante. Si la visa es aprobada, tendrá una vigencia de 10 años y permitirá múltiples entradas, lo que representa una ventaja para los ciudadanos españoles.

Existen otras categorías de viajeros exentas de las nuevas restricciones. Se permite la entrada de titulares de visados diplomáticos o internacionales, incluidos los tipos A-1, A-2, C-2, C-3, G-1 a G-4, y OTAN-1 a OTAN-6. Deportistas y equipos que participen en eventos internacionales también están contemplados en las exenciones, al igual que aquellos que poseen visados de inmigrante por reunificación familiar.

Además, el gobierno de Estados Unidos se reserva el derecho de autorizar la entrada de personas que puedan representar un beneficio para la sociedad. La proclama presidencial faculta a la Fiscal General y al Secretario de Estado a conceder excepciones caso por caso. Por ejemplo, se podría permitir el ingreso de individuos cuya presencia sea necesaria para un juicio penal o para los intereses estratégicos del país.

Estas restricciones tienen como trasfondo la clasificación de Cuba como Estado patrocinador del terrorismo y la falta de cooperación en asuntos de seguridad y repatriación de ciudadanos deportados. Asimismo, las autoridades estadounidenses señalan que existe una alta incidencia de estancias ilegales entre los cubanos que viajan con visados temporales y no regresan en el plazo permitido. Por ello, el endurecimiento de las medidas busca responder a estos desafíos.





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