Cuba: aprueban Decreto-Ley De la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias

Redacción de CubitaNOW ~ martes 7 de diciembre de 2021

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Actualizaciones nuevas a las normas jurídicas que protegen a la madre trabajadora, fueron aprobadas en Cuba, y entrarán en vigor en breve.

El Consejo de Estado aprobó el Decreto-Ley De la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias, disposiciones que entrarán en vigor al publicarse próximamente en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

La nueva norma busca incentivar a la cubana a dar el paso de tener hijos, en las difíciles circunstancias de la isla que en 2020, notificó 4 668 nacimientos menos con respecto al 2019.

Principales beneficios que trae el Decreto-Ley De la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias:

-La concesión de prestaciones monetarias a la madre o al padre, cuando sus hijos se encuentren enfermos, y también a otros familiares que se encarguen del cuidado del menor.

.Posibilidad del disfrute de la prestación social a la abuela o al abuelo, cuando estos sean trabajadores que estén al cuidado de un menor cuya madre sea estudiante.

-Tratamiento diferenciado cuando el menor requiere de atenciones especiales; en tales circunstancias, se extiende desde los tres hasta los cinco años de vida, y el padre o la madre a su cuidado pueden reinsertarse a su puesto laboral una vez finalizado ese lapso.

-El pago del ciento por ciento del salario de la trabajadora gestante si esta poseyera un embarazo de riesgo, acreditado por certificado médico, y la eliminación del requisito de haber laborado 75 días para tener derecho al cobro de las prestaciones económicas y sociales.

-A partir de la entrada en vigor de la norma, solo basta poseer relación laboral con un centro de trabajo para tener derecho a estos beneficios.

En la última década, Cuba ha hecho varias actualizaciones para incentivar la natalidad y promover derechos a las féminas que optan por ser madres. En el 2003 del Decreto-Ley No. 234, responsabilizó al padre, en caso del fallecimiento de la madre, con el cuidado y la atención del menor.

En 2016, se aprobó Decreto-Ley No. 339 y el No. 340, donde se establecía que la madre y el padre pueden decidir cuál de ellos cuida al menor, la forma en que se distribuyen esta responsabilidad hasta el primer año de vida.


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