Cuba actualiza las normas relacionadas con la libreta de abastecimiento

Redacción de CubitaNOW ~ viernes 26 de febrero de 2021

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El gobierno cubano emitió en esta jornada de viernes la resolución 47/2021 del Ministerio de Comercio Interior que tiene que ver con el establecimiento de las normas para la inscripción en el registro de consumidores, así como el otorgamiento de la libreta de control de venta de productos alimenticios normados para la población.

Esta resolución ha sido suscrita por la ministra del Comercio Interior, Betsy Díaz Velázquez y se establece para las personas naturales cubanas con domicilio permanente en el país y para los extranjeros con residencia permanente en el territorio nacional.

La resolución, que deroga la número 78 de 1991, instituye como jefe de núcleo al propietario de la vivienda, quien tiene como obligaciones inscribir en la Oficina de Registro de Consumidores a toda persona que resida con carácter permanente o transitorio en dicha vivienda.

Asimismo, el propietario tendrá que facilitar a cada uno de los miembros del núcleo la libreta de control de venta de productos alimenticios, y entregar equitativamente los productos que se entregan por composición del núcleo.

De igual modo, deberá inscribir a todo niño recién nacido, cuya madre al momento del nacimiento se encuentre inscripta en su núcleo y dar baja a toda persona que se encuentre inscripta en su núcleo, atendiendo a cada caso.

Según el decreto, el incumplimiento de estas obligaciones constituye una violación sujeta a contravención.

En relación con el tema de las bajas y la cancelación del núcleo, se establece que, en el caso de las personas fallecidas, la baja se tramita en los quince días hábiles posteriores al deceso.

“Si la persona es recluida en centros penitenciarios, la baja se tramita en los diez días hábiles posteriores a los tres meses de la reclusión; cuando la persona se ubica en un hogar de ancianos de forma permanente, la baja se tramita antes de ingresar al hogar”.

Por otro lado, la baja o cancelación también se realiza cuando las personas salen al exterior del territorio nacional con carácter temporal, superior a tres meses, por motivos de trabajo, estudio, cooperación o asuntos particulares.

Así como también cuando se realiza la extracción o abandono de la vivienda a causa del cumplimiento de una resolución o sentencia firme dictada por las autoridades competentes.

En caso de la pérdida de la libreta de control de venta de productos alimenticios, explica que se notifica a la Oficina de Registro de Consumidores que corresponda.

Si se trata del extravío de la libreta de canastilla, se entrega en el momento de la declaración de pérdida para su presentación en el establecimiento de canastilla a la cual está vinculada la consumidora.


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