La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes de Colombia, Gloria Arizabaleta, ordenó este miércoles la “suspensión provisional” del presidente colombiano Gustavo Petro hasta el cierre de la segunda vuelta electoral, mientras avanza una investigación por su presunta participación en la campaña presidencial, según informó la agencia EFE.
La medida establece la suspensión del jefe de Estado hasta el próximo 21 de junio a las 16:00 hora local (21:00 GMT), momento en que concluirá la jornada electoral en la que Colombia elegirá nuevo presidente.
De acuerdo con la decisión de Arizabaleta, la medida busca evitar una posible interferencia en el proceso electoral mientras se desarrolla la investigación por presunta intervención en política, conducta prohibida para funcionarios en ejercicio. La congresista argumentó que la suspensión es aplicable cuando existan indicios suficientes de que la permanencia en el cargo pueda afectar el curso de las actuaciones disciplinarias.
Petro, quien se encontraba de visita en Nueva York para participar en una sesión del Consejo de Seguridad de la ONU, ha sido objeto de varias denuncias relacionadas con su supuesta participación en política durante el periodo electoral, especialmente en favor de candidatos cercanos a su proyecto político.
La Comisión de Investigación y Acusación abrió formalmente una indagación el pasado 26 de mayo, tras las reiteradas acusaciones sobre posibles intervenciones del mandatario en la campaña electoral.
Sin embargo, la decisión ha generado una inmediata controversia jurídica y política dentro del país. El ministro del Interior, Armando Benedetti, cuestionó la validez de la medida y afirmó que la Comisión no tiene competencia para suspender al presidente de la República.
“En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo”, señaló Benedetti a través de su cuenta en la red social X, subrayando que cualquier decisión de ese tipo requeriría un procedimiento legislativo adicional.
Según la normativa colombiana, el Senado es el único órgano con potestad para decidir sobre la suspensión o destitución de un presidente, lo que abre un debate institucional sobre el alcance real de la resolución adoptada por la comisión de la Cámara.
La medida también se produce en un contexto electoral especialmente competitivo. La segunda vuelta presidencial, prevista para el 21 de junio, enfrentará al abogado de tendencia ultraderechista Abelardo de la Espriella, quien lideró la primera ronda con 10,3 millones de votos (43,78%), y al senador Iván Cepeda, representante del Pacto Histórico, que obtuvo 9,7 millones de votos (40,98%).
El resultado de estos comicios definirá al sucesor de Petro para el periodo 2026-2030, en medio de un clima político marcado por denuncias cruzadas, tensiones institucionales y una estrecha competencia entre los principales bloques políticos del país.
Fuente: La Sexta y Telemundo 51
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