Si eres I-220A, mejor no salgas de Estados Unidos; puedes salir pero quizás no puedas entrar
Redacción de CubitaNOW ~ viernes 4 de septiembre de 2026
Salir de Estados Unidos con un formulario I-220A puede parecer un trámite sencillo si la persona cuenta con pasaporte vigente, pero el regreso al país no está garantizado. Abogados de inmigración advierten que quienes tienen procesos pendientes deben revisar cuidadosamente su situación antes de viajar.
Los cubanos que tienen un formulario I-220A deben tener especial precaución antes de abandonar Estados Unidos, ya que este documento no constituye una visa ni otorga por sí mismo autorización para regresar al país.
El I-220A es una orden de libertad bajo palabra utilizada por las autoridades migratorias para permitir que determinadas personas permanezcan fuera de un centro de detención mientras continúan sus procesos. Dependiendo del caso, el beneficiario puede estar obligado a presentarse periódicamente ante ICE, acudir a citas o audiencias y cumplir otras condiciones establecidas por las autoridades.
El principal riesgo aparece cuando una persona confunde la posibilidad de salir del territorio estadounidense con el derecho a volver a entrar. Tener un pasaporte válido, un permiso de trabajo vigente o un caso migratorio activo no significa necesariamente que exista autorización para regresar.
La situación requiere todavía más atención cuando el inmigrante tiene una solicitud pendiente ante USCIS. Por ejemplo, quienes tramitan un ajuste de estatus mediante el formulario I-485 generalmente deben contar con la autorización de viaje correspondiente antes de salir de Estados Unidos, ya que una salida sin el permiso requerido puede afectar la solicitud.
También existen consideraciones especiales para quienes tienen solicitudes de asilo pendientes. Un viaje al país del que se afirma haber huido por temor a persecución puede generar cuestionamientos sobre las circunstancias que dieron origen al caso. Cada expediente, sin embargo, debe analizarse individualmente.
Antes de comprar un boleto, los inmigrantes deberían comprobar si tienen audiencias próximas, órdenes de deportación, condiciones impuestas por ICE, solicitudes pendientes o antecedentes relacionados con su permanencia en el país. También es importante revisar si existe acumulación de presencia ilegal y qué consecuencias podría tener una salida.
En definitiva, un I-220A no debe interpretarse como un permiso de entrada y salida de Estados Unidos. La posibilidad de viajar y la posibilidad de regresar son cuestiones migratorias diferentes. Por eso, una persona con este documento debería obtener asesoría legal individualizada antes de abandonar el territorio estadounidense, especialmente si mantiene un proceso abierto ante las autoridades migratorias.
Fuente: USCIS