Prohibida la entrada y la salida de Cuba para cubanos con deuda ante la ONAT
Redacción de CubitaNOW ~ sábado 14 de octubre de 2023

Cubanos con deuda ante la ONAT no podrán entrar ni salir de Cuba, luego de entrar en vigencia un convenio entre ese organismo y la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, del Ministerio del Interior.
El documento firmado en 2022, ya ha tenido repercusión en provincias como Sancti Spíritus donde unas 16 personas han sido reguladas con prohibición de salida del país y otras dos con la imposibilidad de ingresar hasta que salden sus deudas con el fisco cubano, reportó el diario local Escambray.
Según el periódico oficialista en todo el país “desde el comienzo de la implementación de la medida hasta finales de septiembre último, se han visto en tal encrucijada alrededor de 600 contribuyentes, estadística publicada por la jefatura del Departamento de Cobranza de Dirección de Recaudación de la ONAT”.
El director provincial de la ONAT, Roberto Gutiérrez Medina en Sancti Spíritus afirmó que en esa provincia en particular “dos contribuyentes del territorio han recibido el aviso de no entrada al país debido a sus deudas con el fisco y a otros 16 se les ha prohibido la salida por su similar causa, incluido un ciudadano con 9 millones de pesos dejados de pagar, de los cuales ya saldó 4 millones”.
El rotativo que justificó la medida explicó que los deudores tienen conocimiento de la regulación.
“Nadie piense que los deudores se desayunan con la noticia de que están regulados a la hora de comprar el boleto para viajar o en la ventanilla de chequeo en el aeropuerto. En la resolución de determinación de la deuda, entregada al contribuyente, consta la advertencia de la posible regulación, si no cumple con sus deberes fiscales”, aseguraron.
En el medio explican que “la fijación del monto de la deuda que condiciona la regulación y la facultad para regular las asumirá cada provincia en fecha cercana”.
La autoridades gubernamentales establecieron la medida avalados por el artículo 94 del Decreto No. 308 Reglamento de las normas generales y de los procedimientos tributarios, suscrito por el Consejo de Ministros, que establece: “La Administración Tributaria puede solicitar a los órganos y organismos competentes que se impida la salida del país de toda persona sobre la que se verifiquen obligaciones tributarias no cumplidas dentro del término establecido a tales efectos”.