Nuevo decreto ley en Cuba ofrece garantías sociales a mujeres que sean gestantes solidarias
Redacción de CubitaNOW ~ miércoles 10 de mayo de 2023
Un nuevo decreto del Ministerio del Trabajo y la Seguridad Social modifica la Ley 56, De la Maternidad de la Trabajadora y la Responsabilidad de las Familias para incluir a nuevos sujetos que reconoció el Código de las Familias sobre los beneficios para el cuidado de la hija o el hijo.
El Decreto-Ley 71 publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba establece a un nuevo grupo de personas que serán beneficiadas de la protección social cuando llegue un recién nacido a un grupo familiar.
Los nuevos sujetos reconocidos de antemano por el Código de las Familias son:
a) La madre, el padre y los abuelos;
b) otros familiares, en los casos en que la madre fallece en el parto o durante la licencia posnatal;
c) las personas adoptantes, incluida la adopción por integración;
d) las personas comitentes, en los casos de multiparentalidad a través del uso de cualquier técnica de reproducción asistida que, además de la pareja, quieren asumir la maternidad o la paternidad, según lo previsto en el “Código de las Familias”;
e) las personas que sobre la base de un proyecto de vida en común, prevén concebir un hijo o hija por más de dos personas, como otro de los supuestos de multiparentalidad;
f) la gestante solidaria y las personas comitentes que intervienen en el proceso de procreación por técnicas de reproducción asistida;
g) la madre o el padre, reconocidos judicialmente por el parentesco socioafectivo;
h) otros parientes o personas afectivamente cercanas al menor, cuando los padres delegan temporalmente de forma voluntaria la responsabilidad parental, por razones
suficientemente justificadas;
i) la madre o el padre afín cuando en ellos se delega la responsabilidad parental, en los casos de formación de familias reconstituidas; y
j) los tutores.
Según el documento, estas personas “disfrutan iguales derechos y beneficios que los previstos para los padres biológicos”.
El Decreto Ley 71 incluye el capítulo VI, De la Gestación Solidaria, que establece el derecho al disfrute de las licencias prenatal y posnatal para la gestante solidaria, además de los términos de la reincorporación al empleo.
Asimismo se reconoce el derecho y se aprueba la licencia retribuida de seis días completos o 12 medios días para las personas comitentes “a los fines de acompañar a la gestante solidaria para su atención médica y estomatológica anterior al parto”.
Luego del nacimiento, la persona comitente encargada del menor tienen derecho a una licencia posnatal de 12 semanas, según la nueva disposición.
La ley sin embargo, deja fuera de cobertura a aquellas personas cuyas formas de empleo no son reconocidas por el gobierno.
Qué pasa cuando quienes cuidamos y gestamos somos personas en trabajos alegales, independientes o informales, criminalizados?
— Marta María Ramírez (@Martamar77) May 10, 2023
La periodista Marta María Ramírez cuestiona la situación de un grupo de fémines que quedan desamparadas por esa ley y deja una interrogante al Estado cubano: ¿Qué pasa cuando quienes cuidamos y gestamos somos personas en trabajos alegales, independientes o informales, criminalizados?