Nueva ley regulariza la remotorización y cambios estructurales en vehículos en Cuba

Redacción de CubitaNOW ~ miércoles 2 de octubre de 2019

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El gobierno cubano ha escuchado una añeja petición y a través de la Gaceta Oficial Ordinaria publicó la Resolución

349 del Ministerio de Transporte, que permite la realización de cambios y conversiones a los vehículos de motor, remolques y semirremolques de manera legal.

Se trata de un Reglamento que establecerá las pautas para ese proceso, según informa RR, “las direcciones de Transporte y otras entidades autorizadas habilitarán talleres para realizar la conversión o remotorización para asegurar los parámetros técnicos del vehículo”.

Los pasos para acceder a estos procesos son los siguientes: “el propietario de carro o representante legal a través de un poder notarial debe, gestionar con las entidades comercializadoras el motor a utilizar quien está en la obligación de dar una oferta que asegure su inversión; en segundo lugar, canalizar el proyecto técnico con las entidades estatales autorizadas; posteriormente debe solicitar el certifico en el Registro de Vehículo, si no la fotocopia, tres fotos del auto antes de la conversión, así como el comprobante del pago del impuesto terrestre. Si el vehículo es propiedad del Estado debe llevar la resolución patrimonial que lo acredita como medio básico”.

A través de esta vía también podrá gestionarse “el procedimiento legal para que un carro se hace camioneta, un auto que se transforma en convertible, [además] se podrán hacer cambios en los principales elementos registrales como carrocería, motor y chasis”.

Mientras, aclara el Director Jurídico del Ministerio del Transporte Manuel Lázaro Corujo Bosque que “el Carpa-Suki va a tener un nivel de respuestas con motores de hasta 100 CC. El país ha importado un gran número de esas unidades para satisfacer la demanda por ser un medio de transporte útil y económico de fácil movilidad”.

Por otro lado, señalaron que “la marca Lada desde el 2101 hasta el 07, y el FIAT 125, así como el Moskovich 2140 y 2141 podrán tramitar la convención entre sí, muchas personas viajan y compran guardafangos, capot y otras piezas de las carrocerías y no podían legalizarla por no existir dichas normas”.

Una aclaración importante es que “el proceso de cambios y conversiones a los vehículos de motor, remolques y semirremolques tienen algunas prohibiciones, como no se permitirá convertir vehículos eléctricos a combustión interna, ni soldaduras en los sistemas de dirección y frenos o en los cuadros de las motos y ciclomotores sin la certificación de la autoridad competente, entre otras”.


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