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Nueva Ley de Ciudadanía de Cuba genera dudas sobre la nacionalidad de hijos de cubanos nacidos en España

Redacción de CubitaNOW ~ lunes 18 de mayo de 2026

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La reciente aprobación de la nueva Ley de Ciudadanía en Cuba volvió a poner sobre la mesa un tema de gran impacto para miles de familias cubanas residentes en España: qué ocurre con la nacionalidad de los hijos nacidos fuera de la Isla y cómo podría afectar esto el acceso a la ciudadanía española por simple presunción.

El debate no es solo jurídico. De esta definición dependen cuestiones clave como la documentación de los menores, su situación migratoria y los derechos vinculados tanto a Cuba como a España.

Hasta ahora, la legislación cubana diferenciaba entre quienes nacen en territorio nacional y aquellos nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos. Mientras los primeros son considerados cubanos por nacimiento de forma automática, el caso de los nacidos fuera de Cuba ha estado sujeto históricamente a procedimientos administrativos.

Durante años, los hijos de cubanos nacidos en España pudieron acceder a la nacionalidad española mediante el mecanismo de simple presunción, utilizado para evitar casos de posible apatridia. La base de ese criterio era que Cuba no otorgaba automáticamente la ciudadanía desde el nacimiento a esos menores, sino que requería trámites posteriores para reconocerla.

Antes de 2017, además, existía el requisito de “avecindamiento”, que obligaba al menor a residir temporalmente en Cuba para completar el proceso de adquisición de la ciudadanía cubana. Ese requisito fue eliminado con el Decreto-Ley 352, permitiendo realizar los trámites desde el exterior y a través de consulados cubanos.

Sin embargo, la reforma no aclaró completamente si la ciudadanía cubana se obtenía automáticamente por filiación o si seguía dependiendo de una solicitud formal y aprobación administrativa.

Ese detalle es precisamente el centro del nuevo debate.

La nueva Ley de Ciudadanía, publicada recientemente por el régimen cubano, mantiene referencias a procedimientos de “adquisición” y “aprobación” de la ciudadanía para los nacidos en el extranjero de padres cubanos. También prevé la creación de un Reglamento del Registro de Ciudadanía y entrará en vigor 180 días después de su publicación oficial.

Especialistas consideran que el lenguaje utilizado por la normativa sugiere que la ciudadanía cubana de estos menores continúa dependiendo de trámites administrativos, como solicitudes, registros o validaciones por parte de las autoridades cubanas.

Esa interpretación podría ser determinante para España.

La legislación española reconoce como españoles de origen a los niños nacidos en territorio español cuando la ley del país de sus padres no les atribuye automáticamente otra nacionalidad al momento de nacer.

Por ello, mientras la ciudadanía cubana no sea considerada plenamente automática desde el nacimiento, seguirían existiendo argumentos legales para que hijos de cubanos nacidos en España puedan obtener la nacionalidad española por simple presunción.

No obstante, el escenario podría cambiar dependiendo de cómo interpreten la nueva ley tanto los consulados cubanos como los registros civiles españoles.

Si las autoridades cubanas comienzan a certificar que esos menores son cubanos automáticamente desde el nacimiento, algunos registros españoles podrían dejar de aceptar solicitudes de simple presunción al considerar que el niño ya posee otra nacionalidad.

Esto podría generar un escenario de inseguridad jurídica, con criterios diferentes según cada registro civil, algo que ya ocurrió tras la reforma migratoria cubana de 2017.

Juristas consideran que el principio fundamental debería seguir siendo evitar situaciones de indefinición o apatridia. En ese sentido, sostienen que si un menor no recibe una nacionalidad plenamente atribuida y documentable desde el nacimiento, España debería poder reconocerle la nacionalidad española de origen.

La nueva legislación cubana también introduce el principio de ciudadanía efectiva, permitiendo mantener otra nacionalidad sin perder la cubana, aunque dentro de Cuba prevalecerá jurídicamente la ciudadanía cubana.

Aun así, el principal interrogante continúa abierto: si los hijos de cubanos nacidos en el extranjero son considerados cubanos automáticamente desde el nacimiento o si necesitan completar un proceso administrativo para adquirir formalmente esa condición.

Mientras no exista una interpretación clara y uniforme, miles de familias cubanas en España podrían enfrentar incertidumbre en los trámites relacionados con la nacionalidad de sus hijos.

Fuentes: Diario de Cuba


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