MININT advierte sobre grabar y difundir imágenes mientras cubanos denuncian la realidad del país
Redacción de CubitaNOW ~ jueves 1 de octubre de 2026
El Ministerio del Interior (MININT) de Cuba difundió un mensaje sobre los límites entre la libertad de expresión y el derecho a la intimidad, en el que advierte sobre las posibles consecuencias legales de grabar, publicar o difundir imágenes de otras personas sin su consentimiento.
El planteamiento oficial sostiene que grabar a una persona y difundir posteriormente las imágenes son acciones diferentes y que, en determinadas circunstancias, la publicación no autorizada puede constituir una vulneración de la intimidad personal y familiar.
Sin embargo, el mensaje llega en un contexto cubano donde ciudadanos y activistas recurren cada vez más a teléfonos celulares para documentar situaciones que consideran de interés público, incluidas actuaciones de funcionarios, operativos policiales, conflictos en comunidades y problemas derivados de la crisis económica y social.
El MININT insiste en que el acto de grabar no constituye por sí mismo un delito y centra su explicación en la posterior difusión de las imágenes. De acuerdo con el criterio expuesto por el organismo, la libertad de expresión y el derecho a informar tienen límites cuando se afecta la privacidad de otra persona.
El problema aparece cuando ese argumento se traslada al terreno de la documentación de hechos de interés público. En Cuba, una grabación puede constituir precisamente una de las pocas formas que tiene un ciudadano para dejar constancia de un procedimiento policial, un abuso, una protesta, una detención o cualquier otra situación que posteriormente pueda ser cuestionada.
Por ello, la advertencia del MININT puede generar un efecto disuasorio entre quienes utilizan sus teléfonos para registrar actuaciones de agentes estatales. El temor a que una grabación pueda terminar en un proceso judicial puede llevar a algunas personas a abstenerse de documentar hechos que consideran relevantes, incluso antes de que exista una evaluación judicial sobre la legalidad de la conducta.
Otro elemento destacado por el organismo es la posibilidad de que determinados procedimientos se inicien mediante una querella privada, es decir, a partir de la acción de una persona que considera vulnerados sus derechos. El MININT subraya que la existencia de una querella no significa que el acusado sea culpable y que corresponde al tribunal valorar las pruebas.
También recuerda que las medidas cautelares, como la reclusión domiciliaria, la obligación de presentarse periódicamente o la prohibición de abandonar el país, no equivalen a una condena. La responsabilidad penal solo puede establecerse mediante una decisión judicial firme.
No obstante, la discusión sobre la intimidad no debería desvincularse del interés público de una grabación. No es lo mismo registrar una situación privada sin autorización que documentar, desde un espacio público, la actuación de un funcionario mientras desempeña sus funciones.
La diferencia resulta especialmente relevante en sociedades donde la ciudadanía utiliza las redes sociales para denunciar hechos que considera irregulares. Una imagen puede convertirse en una evidencia fundamental para esclarecer un acontecimiento, mientras que su difusión puede contribuir a que un caso que de otro modo permanecería desconocido llegue a la opinión pública.