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Lo que dice la ley sobre grabar y hacer fotos en tiendas y restaurantes en Cuba

Redacción de CubitaNOW ~ martes 9 de junio de 2026

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Tomar fotos de productos y precios en tiendas y negocios cubanos está permitido por la normativa vigente, pero la difusión de videos en redes sociales puede abrir la puerta a conflictos legales si aparecen trabajadores o clientes sin su autorización.

El uso de teléfonos móviles para documentar situaciones cotidianas se ha convertido en una práctica habitual entre los consumidores cubanos. Desde mostrar precios elevados hasta denunciar deficiencias en la atención al público, cada vez más ciudadanos recurren a las redes sociales para compartir experiencias en establecimientos estatales y privados. Sin embargo, no todas las formas de registro audiovisual cuentan con el mismo respaldo legal.

La Instrucción 3/19 del Ministerio de Comercio Interior reconoce expresamente el derecho de los consumidores a fotografiar productos y precios que se encuentren expuestos al público. Esta disposición abarca tiendas, restaurantes, talleres, servicios personales y otras entidades comerciales, sin distinguir entre formas de gestión estatales o privadas.

La posibilidad de capturar imágenes de productos ha cobrado especial relevancia en un contexto marcado por la inflación, la escasez y las frecuentes quejas sobre la calidad de los servicios. Para muchos consumidores, estas fotografías constituyen una herramienta para informar a otros ciudadanos y respaldar reclamaciones ante posibles irregularidades.

No obstante, la situación cambia cuando se trata de grabaciones de video. La normativa no contempla una autorización específica para filmar dentro de los establecimientos, aunque tampoco establece una prohibición general. Esta falta de precisión deja margen para que cada negocio establezca determinadas reglas, siempre que sean informadas previamente mediante avisos visibles y comprensibles para el público.

El principal riesgo surge cuando los videos son publicados en plataformas digitales. En esas grabaciones pueden aparecer rostros, voces, nombres u otros datos que permitan identificar a trabajadores o clientes. La legislación cubana protege derechos vinculados a la imagen personal, la privacidad y los datos personales, por lo que una persona que considere vulnerados esos derechos podría solicitar la eliminación del contenido o iniciar reclamaciones.

Especialistas recomiendan actuar con prudencia al divulgar denuncias. Documentar hechos de interés público no está prohibido, pero resulta aconsejable limitar la exposición de terceros, evitar expresiones ofensivas y respaldar cualquier acusación con evidencias verificables.

En la práctica, fotografiar productos y precios sigue siendo una facultad reconocida para los consumidores. Sin embargo, quienes opten por grabar y difundir videos deben conocer los límites legales existentes para evitar que una denuncia legítima termine convirtiéndose en un problema jurídico.

Fuente: Empresar SURL


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