Estos son los errores que pueden complicar visados de familiares de españoles en Cuba(Video)
Redacción de CubitaNOW ~ domingo 24 de mayo de 2026
Las dudas sobre los trámites migratorios hacia España continúan creciendo entre miles de familias cubanas que buscan reunirse con parientes españoles o regularizar su situación mediante las nuevas vías legales abiertas en el Reglamento de Extranjería. Uno de los temas que más confusión está generando tiene que ver con los artículos 94.1.d y 94.1.h del Real Decreto 1155/2024, dos apartados que muchas personas interpretan como similares, aunque en realidad exigen procesos y documentos diferentes.
Expertos en inmigración alertan que cometer errores al escoger la vía adecuada o completar formularios como el EX-24 puede retrasar expedientes, provocar requerimientos adicionales e incluso afectar solicitudes de visado y residencia. La situación preocupa especialmente a familias cubanas vinculadas a procesos de nacionalidad española, reagrupación familiar y permisos de residencia derivados de la Ley de Memoria Democrática.
El nuevo Reglamento de Extranjería español sigue generando preguntas entre los cubanos interesados en emigrar a España o reunirse con familiares que ya poseen ciudadanía española. Aunque muchas personas creen que algunos apartados legales funcionan igual, especialistas recuerdan que existen diferencias importantes que pueden cambiar completamente un expediente migratorio.
Uno de los principales errores detectados en solicitudes recientes está relacionado con los artículos 94.1.d y 94.1.h del Real Decreto 1155/2024. Ambos forman parte de las normas que regulan la residencia temporal para familiares de ciudadanos españoles, pero cada uno responde a situaciones distintas.
El artículo 94.1.d está pensado para hijos menores de 26 años, hijos dependientes económicamente o personas con discapacidad vinculadas a un ciudadano español o a su pareja registrada. En estos casos, las autoridades pueden exigir pruebas de dependencia económica, convivencia o intención de vivir junto al familiar español en territorio español.
Sin embargo, el artículo 94.1.h tiene un enfoque diferente. Este apartado se aplica específicamente a hijos de personas que sean o hayan sido españoles de origen. En este procedimiento, el elemento principal no es demostrar dependencia económica, sino acreditar correctamente el vínculo familiar y la condición del ascendiente español.
La confusión entre ambos apartados puede provocar errores en la documentación presentada y generar retrasos en los trámites. Muchos solicitantes entregan pruebas innecesarias o utilizan formularios incorrectos pensando que ambos procesos son equivalentes.
Otro punto que está generando dudas es el formulario EX-24, utilizado en varios trámites de residencia para familiares de españoles. Expertos en inmigración han advertido que completar algunos datos de forma incorrecta, especialmente relacionados con direcciones en España, puede ocasionar interpretaciones administrativas desfavorables durante el análisis del expediente.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones establece que los solicitantes deben presentar documentos básicos como pasaporte válido, certificados que acrediten el vínculo familiar y, cuando sea necesario, pruebas de dependencia económica.
Mientras tanto, el Consulado General de España en La Habana mantiene activos los trámites de visado nacional para familiares de ciudadanos españoles que planean permanecer más de 90 días en España.
La preocupación ha aumentado porque miles de cubanos se encuentran actualmente gestionando expedientes relacionados con nacionalidad, residencia o reagrupación familiar. Por eso, abogados y especialistas recomiendan revisar cuidadosamente cada caso antes de presentar documentos para evitar errores que puedan retrasar o complicar el proceso migratorio.