Estados Unidos especifica quiénes pueden ser patrocinadores de los cubanos

Redacción de CubitaNOW ~ viernes 6 de enero de 2023

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Desde este viernes 6 de enero de 2023 los patrocinadores de cubanos, venezolanos, nicaragüenses y haitianos pueden solicitar en Internet el nuevo programa de visa humanitaria o parole a través del Formulario I-134A.

El Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) aclaró quiénes pueden ser los patrocinadores y los beneficiarios del programa que debe otorgar 30 000 entradas legales cada mes a ciudadanos de Cuba, Venezuela, Nicaragua y Haití, según anunció la Administración de Joe Biden.

El patrocinador es "una persona que tiene un estatus legal en Estados Unidos o una persona en libertad condicional o beneficiario de acción diferida o salida diferida forzada (DED) que ha pasado la verificación de antecedentes y seguridad y ha demostrado suficientes recursos financieros para recibir, mantener y apoyar a la(s) persona(s) a quienes se comprometen a apoyar durante la duración de su estancia en los Estados Unidos".

Según USCIS, pueden ser ciudadanos y nacionales estadounidenses; residentes permanentes legales, residentes temporales legales y residentes permanentes condicionales; no inmigrantes en estatus legal (que mantienen su estatus de no inmigrante y no han violado ninguno de los términos o condiciones de su estatus de no inmigrante); asilados, refugiados y personas en libertad condicional; individuos a quienes se les otorgó el Estatus de Protección Temporal (TPS); y beneficiarios de acción diferida (incluida la acción diferida para los llegados en la infancia) o DED.

La Embajada de Estados Unidos en Cuba aclaró que no procesa estos nuevos visados y que los patrocinadores con sede en EE. UU. iniciarán una solicitud en línea en nombre de un beneficiario designado, enviando un Formulario I-134A a USCIS para cada beneficiario, incluidos los niños menores.

Los patrocinadores pueden ser personas que presenten una declaración de forma independiente, junto con otras personas o en nombre de organizaciones, empresas u otras entidades. No se requiere una tarifa para presentar el Formulario I-134A. El patrocinador será examinado por el Gobierno de EE. UU. para protegerlo contra la explotación y el abuso y para garantizar que pueda apoyar financieramente al beneficiario al que acepta apoyar.

Los patrocinadores deben aprobar la verificación de antecedentes y seguridad, incluso para la seguridad pública, la seguridad nacional, la trata de personas y las preocupaciones de explotación; y demostrar suficientes recursos financieros para recibir, mantener y apoyar a la(s) persona(s) que están de acuerdo en apoyar durante la duración de su período de libertad condicional.

Los patrocinadores deben recibir al beneficiario a su llegada a Estados Unidos y transportarlo al alojamiento inicial; y garantizar que el beneficiario tenga una vivienda segura y adecuada durante la duración de su libertad condicional y las necesidades básicas iniciales.

Además, debe ayudar al beneficiario a completar la documentación necesaria, como la autorización de empleo, la tarjeta del Seguro Social y los servicios para los que puede ser elegible; asegurarse de que se satisfagan las necesidades médicas y de atención médica del beneficiario; y ayudar al beneficiario a acceder a la educación, aprender inglés, asegurar un empleo e inscribir a los niños en la escuela.

Un beneficiario puede apoyar a más de un beneficiario, por ejemplo, para diferentes miembros de un grupo familiar, pero debe presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario.

Los beneficiarios deben presentar un Formulario I-134A por separado para cada beneficiario, incluso los niños menores.

También múltiples beneficiarios pueden unirse para apoyar a un beneficiario. En este caso, un patrocinador debe presentar un Formulario I-134A y en la presentación incluir evidencia complementaria que demuestre la identidad y los recursos que proporcionarán los patrocinadores adicionales y adjuntar una declaración que explique la intención de compartir la responsabilidad para apoyar al beneficiario. La capacidad de estos beneficiarios para apoyar a un beneficiario se evaluará colectivamente.

Las organizaciones, empresas y otras entidades pueden desempeñar un papel fundamental en la prestación de apoyo a los beneficiarios que llegan a través de este proceso. Aunque se requiere que una persona presente y firme el Formulario I-134A, puede hacerlo en asociación o en nombre de una organización, empresa u otra entidad que brindará parte o la totalidad del apoyo necesario al beneficiario.

Los beneficiarios individuales que presenten una solicitud con o en nombre de una organización, empresa u otra entidad deben presentar evidencia del compromiso de la entidad de apoyar al beneficiario cuando presenten el Formulario I-134A. Esto se puede demostrar a través de una carta de compromiso u otra documentación de un funcionario u otro representante creíble de la organización, empresa u otra entidad que describa el apoyo monetario o de otro tipo (como vivienda, necesidades básicas, transporte, etc.) la entidad proporcionará al beneficiario específico.

Las personas que presentan una declaración en asociación con una organización, empresa u otra entidad no necesitan presentar su información financiera personal, si el nivel de apoyo demostrado por la entidad es suficiente para respaldar al beneficiario.

Las organizaciones fuera del gobierno pueden ayudar a los posibles patrocinadores y beneficiarios a prepararse para este proceso. Entre ellas están Welcome.us, que proporciona información sobre cómo dar la bienvenida y apoyar a las poblaciones recién llegadas.

También Community Sponsorship Hub ha establecido el programa Sponsor Circle, que puede proporcionar recursos y orientación continua a los seguidores.

Para más detalles, por favor visite la página de la USCIS y busque asesoría de abogados especializados.


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