Última Hora: EEUU eliminará mañana límites a las remesas a Cuba y permitirá viajes grupales

Redacción de CubitaNOW ~ miércoles 8 de junio de 2022

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El Gobierno de Estados Unidos eliminará este jueves 9 de junio con efecto inmediato los límites a las remesas a Cuba, la prohibición de los viajes grupales, así como de la asistencia a conferencias y otros eventos en la Isla, informó este miércoles la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro.

Según la citada fuente, la OFAC "modifica el Reglamento de Control de Activos Cubanos (CACR, por sus siglas en inglés) para implementar elementos de la política anunciada por la Administración (de Joe Biden) el 16 de mayo de 2022 para aumentar el apoyo al pueblo cubano".

"Esta regla autoriza viajes educativos grupales de persona a persona (people to people) a Cuba y elimina ciertas restricciones en actividades educativas académicas autorizadas, autoriza viajes para asistir u organizar reuniones o conferencias en Cuba".

La OFAC aclaró que la nueva enmienda "no autoriza los viajes individuales de persona a persona. No se permiten viajes para actividades turísticas".

La nueva normativa también "elimina el límite de $1000 trimestrales a las remesas familiares, y autoriza remesas de donativos a Cuba".

El documento "está programado para ser publicado en el Registro Federal el 9 de junio de 2022 y estará disponible en línea en federalregister.gov/d/2022-12445, y en govinfo.gov".

Las medidas serán efectivas desde que estén publicadas en el Registro Federal.

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El director ejecutivo de Cuba Study Group, Ricardo Herrero, fue el primero en compartir el documento del Departamento del Tesoro en Twitter.

"Esto es importante: 'las instituciones bancarias... incluidos los corredores de bolsa registrados en los EE. UU. o los agentes de valores y los transmisores de dinero registrados en los EE. UU. están autorizados a prestar servicios relacionados con el cobro, el envío o la recepción de remesas... sujeto a ciertas condiciones'", destacó Herrero.

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos aclaró todo lo que cambia a partir del 9 de junio "para apoyar al pueblo de Cuba":

Remesas: a partir del 9 de junio de 2022, la OFAC modificó la § 515.570(a) para eliminar el límite trimestral de $1000 en las remesas familiares a ciudadanos cubanos que son parientes cercanos. OFAC también agregó § 515.570(b) para autorizar remesas de donaciones a ciudadanos cubanos que no sean funcionarios prohibido del Gobierno de Cuba, miembros prohibidos del Partido Comunista de Cuba o parientes cercanos de un funcionario prohibido del Gobierno de Cuba o miembro prohibido del Partido Comunista de Cuba. Finalmente, la OFAC agregó una licencia general en la § 515.570(h) que autoriza el desbloqueo y la devolución de remesas previamente bloqueadas, siempre que estén autorizadas conforme a la § 515.570(a) o (b) revisada.

Reuniones y conferencias profesionales en Cuba: A partir del 9 de junio de 2022, la OFAC enmendó 31 CFR § 515.564(a) para incluir una licencia general que autorice, sujeto a condiciones, transacciones relacionadas con viajes y otras relacionadas con la asistencia u organización de reuniones o conferencias profesionales en Cuba, tales como reuniones o conferencias profesionales para apoyar la expansión del acceso a Internet y el procesamiento de remesas y para brindar apoyo y capacitación adicionales a los empresarios cubanos independientes.

Grupo de persona a persona y otras actividades educativas académicas: A partir del 9 de junio de 2022, la OFAC modificó la § 515.565(a) para eliminar ciertas restricciones sobre las actividades educativas académicas autorizadas. La OFAC también enmendó la § 515.565(b) para autorizar viajes educativos grupales de persona a persona realizados bajo los auspicios de una organización que está sujeta a la jurisdicción de los EE.UU. y que patrocina dichos intercambios para promover el contacto de persona a persona, siempre que dichos viajeros estén acompañados por un empleado, consultor pagado o agente de la organización patrocinadora.

Al respecto, aclaró que "las transacciones relacionadas con viajes autorizadas de conformidad con § 515.565(b) deben tener el propósito de participar, mientras se encuentre en Cuba, en un programa de tiempo completo de actividades destinadas a mejorar el contacto con el pueblo cubano, apoyar a la sociedad civil en Cuba, o promover la independencia del pueblo cubano de las autoridades cubanas; y resultará en interacciones significativas con individuos en Cuba. Esta enmienda no autoriza los viajes individuales de persona a persona. No se permiten viajes para actividades turísticas".


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