Cuba: así pagará el feriado del 10 de octubre, según el MTSS
Redacción de CubitaNOW ~ viernes 10 de octubre de 2025

La dirección del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) informó este jueves que, con motivo de la conmemoración nacional del 10 de octubre, los trabajadores que suspendan sus labores recibirán un pago especial acorde a su régimen. Para quienes devengan salario por rendimiento, se abonará el promedio habitual; quienes cobran a tiempo, percibirán el salario diario correspondiente.
El organismo precisó que se mantiene sin cambios el tratamiento para quienes estén en vacaciones pagadas, licencias no remuneradas, subsidios de la seguridad social o garantías salariales establecidas por ley: cada caso conservará su condición vigente.
El MTSS recordó además que el artículo 94 de la Ley 116, Código de Trabajo, exceptúa del receso obligatorio a sectores estratégicos y servicios continuos: labores agrícolas urgentes como la zafra azucarera; industrias de producción ininterrumpida; operaciones impostergables de carga y descarga; transporte; hospitales y asistencia médica; farmacias; expendios de combustible; funerarias y cementerios; hospedaje y centros turísticos; comunicaciones y transmisiones radiales y televisivas; servicios públicos básicos; actividades pesqueras y otras que la normativa autorice.
Para esas actividades —y para quienes deban presentarse porque su entidad declare el día como laborable— se aplicará pago doble: se remunerará al trabajador con el doble del salario que le correspondería, ya sea por producción o por tiempo trabajado, además de los adicionales previstos por la ley.
El 10 de octubre conmemora el inicio de las guerras de independencia de Cuba: el 10 de octubre de 1868, Carlos Manuel de Céspedes liberó a sus esclavos en La Demajagua y proclamó la independencia al leer el Manifiesto de la Junta Revolucionaria de la Isla de Cuba, dando inicio a las gestas mambisas.