Ante la escasez de sellos de timbre en Cuba, régimen autoriza pago en efectivo o electrónico

Redacción de CubitaNOW ~ viernes 23 de diciembre de 2022

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Tras la limitación de sellos de timbre en Cuba por la escasez y alta demanda, el régimen autorizó desde este viernes "el cobro en efectivo o electrónico del valor del impuesto sobre documentos públicos para la prestación de servicios notariales y registrales".

Según la Resolución 685 de 2022 de Ministerio de Justicia, publicada este jueves en la Gaceta Oficial de Cuba, se hará "cuando las personas naturales o jurídicas que solicitan dichos servicios no puedan entregar los sellos que acreditan el pago del referido impuesto en soporte físico, relacionado con las certificaciones para surtir efecto en el territorio nacional".

La resolución dispone "el cobro en efectivo o electrónico del valor del impuesto sobre documentos públicos para la prestación de servicios notariales y registrales en las notarías, registros de la propiedad, registros mercantiles y en los bufetes especializados atendidos por el Ministerio de Justicia, cuando las personas naturales o jurídicas que solicitan dichos servicios no puedan entregar los sellos que acreditan el pago del referido impuesto en soporte físico, el que se avala en el documento solicitado y se deja constancia expresa con nota que evidencie ese particular, tal y como queda reflejado en el anexo único de la presente Resolución".

El citado anexo establece la siguiente nota: "Abonado el impuesto sobre documento por un valor de _______ pesos cubanos, lo que consta en el convenio de servicios jurídicos número _______ de fecha ______".

"Los registradores, notarios y funcionarios públicos encargados de la prestación de servicios gravados por la Ley con el pago del impuesto sobre documentos públicos admiten la acreditación del pago de forma virtual, accediendo con el número del documento de identidad oficial del usuario al Portal de la Plataforma Transfermóvil, donde cancelan el valor correspondiente y consignan en el documento autorizado el código de pago de la Agencia Bancaria donde se efectuó la operación".

"Los registros del Estado Civil expiden certificaciones sin el sello del timbre únicamente para surtir efectos en las notarías y bufetes especializados atendidos por el Ministerio de Justicia, y en estas unidades es donde se abona el impuesto sobre el documento correspondiente, lo que hacen constar expresamente en nota del registrador en la propia certificación, conforme se indica en el ANEXO ÚNICO de esta Resolución".


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