Una decisión vinculante de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) establece que regresar al país donde una persona asegura haber sido perseguida puede generar una presunción de abandono de su solicitud de asilo. El precedente, Matter of M-R-I-, también alcanza casos de withholding of removal y protección bajo la Convención contra la Tortura, por lo que los cubanos con procesos migratorios pendientes deben evaluar cuidadosamente cualquier viaje a la isla.
La nueva decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) introduce un riesgo importante para las personas que tienen solicitudes de protección pendientes en Estados Unidos y consideran viajar al país donde alegaron haber sufrido persecución.
El precedente, identificado como Matter of M-R-I-, 30 I&N Dec. 137 (BIA 2026), establece que regresar a ese país utilizando un permiso de viaje conocido como advance parole puede generar una presunción de abandono de la solicitud.
La decisión no constituye una nueva ley ni una modificación de las reglas de USCIS, sino una interpretación judicial vinculante para los jueces de inmigración basada en el reglamento federal 8 C.F.R. § 1208.8(b).
El alcance incluye no solo el asilo, sino también el withholding of removal y determinadas protecciones bajo la Convención contra la Tortura (CAT). Para evitar que el viaje tenga esas consecuencias, el solicitante tendría que demostrar circunstancias que justifiquen de manera convincente su regreso.
El caso que originó el precedente involucró a un ciudadano de Nepal que regresó a su país para reunirse con familiares. El tribunal concluyó que las razones presentadas no eran suficientes para superar la presunción de abandono.
Para los cubanos, la decisión cobra especial importancia porque muchos tienen solicitudes de asilo pendientes mientras permanecen en Estados Unidos bajo diferentes situaciones migratorias.
Sin embargo, es importante distinguir estos casos de quienes buscan o ya obtuvieron beneficios mediante la Ley de Ajuste Cubano. El riesgo señalado por este precedente se concentra en personas con solicitudes pendientes de asilo, withholding o protección CAT.
Abogados de inmigración también han advertido sobre los riesgos asociados al uso del advance parole en estos casos. La recomendación general es consultar con un profesional antes de solicitar o utilizar un permiso de viaje.
Además, el nuevo precedente se suma a otras decisiones migratorias recientes que han modificado el escenario para los solicitantes de protección.
Por ello, un viaje a Cuba no debe considerarse un trámite migratorio rutinario cuando existe un caso de asilo pendiente. Las consecuencias pueden depender de las circunstancias particulares de cada expediente, de los argumentos presentados y de la decisión del tribunal.
Antes de viajar, los solicitantes deberían consultar directamente con un abogado especializado en inmigración.
Fuente: Departamento de Justicia
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