Luego de conocerse la resolución número 114/2020 del Ministerio de Economía y Planificación, publicada por la Gaceta Oficial del 17 de agosto de 2020, donde especifican las disposiciones que rigen las exportaciones e importaciones de los trabajadores privados, sale a la luz que el gobierno conservará el el 20% de los ingresos que perciba el emprendedor.
En el documento han dejado claro que la importación o exportación siempre se realizará a través de una empresa estatal, , por lo que al momento de recibir los ingresos, ellos depositarán en las cuentas particulares del sector privado el 80%, sin contar los costos de operaciones y el margen comercial y retendrán el 20%.
Lo anterior queda confirmado desde el artículo uno de la mencionada resolución "las formas de gestión no estatal que realizan sus exportaciones a través de las entidades autorizadas por el ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, reciben en las cuentas en moneda libremente convertible que se habiliten al respecto y de conformidad con lo establecido por el Banco Central de Cuba, el ochenta por ciento (80%) del ingreso percibido por la entidad exportadora, una vez deducidos los costos de operaciones y el margen comercial".
"Las entidades exportadoras autorizadas son las encargadas de aplicar el por ciento (%) mencionado en el artículo anterior, transferir ese monto a la cuenta de la forma de gestión no estatal y liberar el veinte por ciento (20%) restante a la liquidez central", precisan en el artículo dos.
"El contravalor en pesos cubanos convertibles (CUC), del veinte por ciento (20%) liberado se transfiere por las entidades exportadoras a la cuenta previamente definida por la forma de gestión no estatal", advierten a continuación.
Puede conocer otros detalles de la resolución: Gaceta Oficial del 17 de agosto de 2020
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