La Audiencia Provincial de Madrid confirmó que Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, deberá afrontar un juicio con jurado popular por presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. Sin embargo, el tribunal descartó que sea procesada por corrupción en los negocios y apropiación indebida, reduciendo así el alcance de la causa.
En la misma resolución, los magistrados dejaron sin efecto las medidas cautelares que le impedían salir de España, entre ellas la retirada de su pasaporte. La decisión supone un cambio respecto a las restricciones impuestas anteriormente por el juez instructor Juan Carlos Peinado.
El tribunal considera que existen indicios suficientes para que un jurado determine si Gómez aprovechó su condición de esposa del jefe del Ejecutivo para obtener ventajas en la creación y dirección de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid. Según la resolución, esa posición habría ejercido una "presión moral" capaz de influir en la voluntad de los responsables universitarios a la hora de aprobar el proyecto y designarla como directora.
Los magistrados sostienen que la creación de la cátedra le proporcionó beneficios académicos y profesionales, además de facilitar el acceso a financiación pública destinada al desarrollo de una herramienta informática vinculada al proyecto universitario.
La investigación también analiza el destino de ese software. De acuerdo con la Audiencia, existen elementos que apuntan a que el activo pudo haber quedado bajo el control exclusivo de Gómez mediante una sociedad mercantil de su propiedad, circunstancia que deberá ser examinada durante el juicio para determinar si existió un beneficio personal derivado de recursos públicos.
La resolución también modifica la situación procesal de otros investigados. Cristina Álvarez, exasesora de Moncloa, será juzgada únicamente por un presunto delito de malversación como cooperadora necesaria, limitado a su supuesta participación en el uso de fondos públicos para el desarrollo del software. En cambio, queda archivada la acusación por tráfico de influencias en su contra.
Por otra parte, el empresario Juan Carlos Barrabés queda fuera del procedimiento con jurado. Su situación será analizada en una causa separada, centrada en esclarecer la legalidad de varias adjudicaciones públicas relacionadas con Red.es, en las que Gómez emitió cartas de recomendación en favor de sus empresas.
La decisión de la Audiencia no supone un pronunciamiento sobre la culpabilidad de los acusados, sino que concluye que existen indicios suficientes para que los hechos sean valorados en un juicio oral. Será el jurado popular quien deba determinar finalmente si las actuaciones investigadas constituyeron o no los delitos de tráfico de influencias y malversación.
Fuente: La Razón