El Grupo Empresarial Correos de Cuba ha aclarado que, a partir de la licencia que le fuera otorgada recientemente por el Banco Central de Cuba (BCC), en su Resolución 208 del 12 de agosto de 2021, la misma le autoriza a efectuar en sus unidades servicios de pago de Asistencia Social y Seguridad Social.
Asimismo, destacó que podrán realizar pago de giros postales en efectivo dentro del territorio nacional; cobros y pagos con tarjetas magnéticas emitidas por las instituciones bancarias en Cuba; así como depósitos y extracciones de efectivo en pesos cubanos.
De igual modo, como Correos de Cuba es firmante del acuerdo de pago de giros internacionales de la Unión Postal Universal (UPU), la licencia se extiende al pago de giros postales internacionales a través de transferencias a cuentas bancarias en moneda libremente convertible.
“Correos de Cuba es el Operador Postal Designado de la República de Cuba ante la UPU, razón por la que gestiona el servicio de giros postales internacionales, que está comprendido como un servicio regulado y organizado por esa organización mundial, de conjunto con los países miembros y sus operadores postales”, reconoce el oficialismo.
En tanto añade que, atendiendo a ello, la licencia otorgada por el BCC al Grupo Empresarial Correos de Cuba y sus empresas, le autoriza a llevar a cabo operaciones financieras internas y no a recibir remesas desde el exterior, facultad otorgada a otras entidades cubanas.
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