Gobierno cubano confisca dos embarcaciones que no fueron reclamadas

Redacción de CubitaNOW ~ jueves 12 de diciembre de 2019

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El gobierno cubano confiscó dos embarcaciones que fueron encontradas en el mes de diciembre del año 2018 y que hasta ahora no habían sido reclamadas por sus propietarios.

Tal apropiación se realizó, según indican reportes de medios de comunicación oficialistas, “de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Resolución 1 de 2015 del Ministerio del Interior”.

El Jefe del

Departamento Nacional de Capitanías de Puerto dijo, mediante la Resolución No.

57 de 2019, “la confiscación a favor del Estado cubano de la embarcación encontrada en la zona conocida como cayo Ramona, municipio de Esmeralda, provincia de Camagüey”.

Según ellos,

“este paso se dio a conocer en una nota informativa publicada el 26 de diciembre de 2018”, sin embargo, como ninguna persona se presentó “a ejercer los derechos sobre este bien Tipo Yola, con material del casco FiberGlass, color blanco, eslora de 5,40 metros, manga de 1,60 metros y puntal de 0,60 metros y propulsión remo, se procedió a aplicar dicha resolución”.

La Dirección de Tropas Guardafronteras del Ministerio del Interior dijo que “se procedió de igual forma con la bicicleta acuática, material del casco FiberGlass, color blanco y azul, con eslora de 2,28 metros, manga de 1,59 metros y puntal de 0,50 metros, de la cual se notificó su hallazgo en la zona conocida como Punta

Piedra, municipio de Puerto Padre, provincia de Las Tunas, en la nota informativa publicada el 22 de diciembre de 2018”.

“Durante el lapso transcurrido tampoco ninguna persona concurrió a ejercer los derechos sobre el bien, por tanto el Jefe del Departamento Nacional de Capitanías de

Puerto declaró, mediante la Resolución No. 59 de 2019, su confiscación a favor del Estado cubano”, argumentaron.

Por otro lado, dejaron claro que “los afectados con las referidas resoluciones podrán reclamar por escrito ante el Jefe de Dirección de Tropas Guardafronteras los derechos vulnerados en un término de 20 días naturales a partir de la publicación de la presente nota informativa”.


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