Cuba instrumenta la vigilancia electrónica sin orden judicial previa

Redacción de CubitaNOW ~ jueves 21 de noviembre de 2019

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El Gobierno cubano acaba de autorizar la vigilancia electrónica sin autorización judicial previa. La nueva disposición, bajo el Decreto-Ley no. 389, ha quedado registrada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba emitida este 18 de noviembre. Según reporta el portal de noticias Cubanet, la disposición modifica tres importantes normas legales: el Código Penal, la Ley de Procedimiento Penal y la Ley de Actos contra el

Terrorismo.

A partir de ahora, la vigilancia electrónica sin orden judicial aparece como una figura totalmente legal dentro de las técnicas especiales de investigación a emplear contra individuos o grupos de interés. El artículo 110.1 de la Ley de Procedimiento Penal afirma que esas técnicas se emplearán “siempre que resulten idóneas o necesarias para la investigación de hechos delictivos que por su gravedad, connotación u organización, lo requieran, incluyendo operaciones cuyo origen o destino sea el exterior del país”.

Entre los elementos adoptados en el Decreto-Ley No. 389 se incluye la autorización del uso legítimo en el proceso penal de la “vigilancia electrónica o de otro tipo”, que según reportan medios independiente cubanos, lo ha dispuesto el Consejo de Estado, y no el

Parlamento cubano.

Las nuevas normativas abren las puertas para que legalmente se utilicen medios que permitan la obtención de

“escucha y grabación de voces, localización y seguimiento, fijaciones fotográficas y filmación de imágenes, intervención de las comunicaciones de cualquier tipo, acceso a sistemas computarizados y otros recursos técnicos que permitan conocer y demostrar el hecho delictivo”.


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