'Aduana cubana no concederá prórrogas para la importación de los equipajes no acompañados', informan

Redacción de CubitaNOW ~ lunes 16 de diciembre de 2019

Article feature image

Con aplicación inmediata, la Aduana General de la República ha emitido una disposición interna que no permitirá aceptar solicitudes de prórroga por parte de los pasajeros para el despacho de cargas no acompañadas, cuando estas no arriben en los plazos establecidos.

La información ofrecida por Directorio Cubano alega que “ya se está aplicando en todas las Aduanas del país, la Instrucción número 20 del año en curso, mediante la cual la jefatura de la entidad les ha confirmado a todas sus unidades subordinadas que no acepten, bajo ningún concepto, solicitudes de prórroga para el despacho de cargas no acompañadas”.

El documento advierte que:

A partir de la modificación practicada al Artículo 24, inciso e), de la

Resolución No. 24, del Jefe de la Aduana General de la República, de 5 de noviembre de 2007, mediante la Resolución No. 529, de 4 de noviembre de 2019, resulta necesario dejar sin efecto la autorización para conceder prórrogas para la importación de los equipajes no acompañados y mantener esta facultad en cuanto a la importación de los menajes de casa, así como instrumentar estas decisiones en una sola disposición jurídica, con el objetivo de evitar la dispersión legislativa sobre esa materia.

Como explica la web mencionada “el pasado 4 de noviembre, el Jefe de la Aduana de Cuba puso en vigor la Resolución Número 529 del año en curso, mediante la cual extendió los plazos para el despacho de los equipajes no acompañados de aquellos viajeros que arriban al país”.

“Mediante esta norma jurídica, la Aduana de Cuba estableció que los nuevos plazos fijados para despachar cargas no acompañadas son de 90 días, si la carga arriba por vía aérea y de hasta 120 días, si la carga arriba por vía marítima. En ambos casos, estos plazos comienzan a contar a partir de la fecha de llegada al país del pasajero”, añaden.

Sin embargo, a partir de ahora y con la Instrucción número 20, “se le retira la potestad a cualquier autoridad de la Aduana General de la República, para aceptar y tramitar solicitudes de prórroga para el despacho de cargas no acompañadas”.

“Todas las prórrogas que se habían otorgado sí se mantienen vigentes. Pero, ninguna prórroga nueva será aceptada”, aclaran.

Aquí puede revisar la: Instrucción número 20


Recomendado para ti

Tambien te puede interesar